El periodismo es un servicio público fundamental para la ciudadanía.

 

En julio de 1993, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa aprobó una resolución en la que se afirmaba lo siguiente:

“La información y la comunicación que se realizan por el periodismo a través de los medios de comunicación y con el soporte formidable de las nuevas tecnologías, tiene una importancia decisiva con el desarrollo individual y social. Es imprescindible para la vida democrática, ya que para desarrollarse plenamente, la democracia debe garantizar la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos.”

La Constitución Española de 1978 establece en su artículo 20 como fundamental el derecho “A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.”.

Como garantes de este derecho, los gobiernos y las administraciones públicas, que comparten obligaciones en esta materia con los periodistas, –especialmente en el marco de la Ley de Transparencia , Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno–, deben reconocer el papel de estos profesionales como servidores de lo público. Y al mismo tiempo, las administraciones públicas deben proteger y garantizar que esa función social del periodismo pueda desempeñarse con los medios precisos y necesarios para ofrecer una información veraz, objetiva, plural e independiente, cuyo único compromiso sea el interés general de la ciudadanía.

El derecho a la información hunde sus raíces en la necesidad de garantizar su ejercicio a todos lo individuos, de ahí su carácter de fundamental y universal, frente al hecho de que el acceso a los medios de comunicación de masas haya estado restringido en sus orígenes a quienes disponían de los recursos necesarios para crear un medio propio.

Hoy la realidad es otra. Internet ha puesto fin a esas limitaciones y el acceso se ha globalizado de tal manera que cualquier persona que disponga de un dispositivo móvil y conexión a Internet puede libremente difundir y recibir información.

Pero el periodismo es algo más. Y de hecho no todo el que publica en Internet ni todo el que emite información en la red es periodista por el simple hecho de transmitir dicha información. Tanto es así que nuestro legislador confirió un marco de protección especial para el ejercicio del periodismo, basado justamente en el reconocimiento de la función social que cumplen estos profesionales, a través de la cláusula de conciencia y el secreto profesional, que no pueden ser esgrimidos por cualquier individuo.

Sin embargo, esas garantías constitucionales hoy no parecen ser suficientes para ejercer el periodismo pues son otras las amenazas a las que se enfrentan los profesionales, en un sistema mediático subyugado a otros intereses que no son los de la ciudadanía.

Asimismo, la creación de los colegios profesionales de periodistas en todo el territorio español viene a suplir la escasa legislación existente, buscando, dentro de sus competencias, el orden y la vigilancia del ejercicio de la profesión así como velar porque la actividad profesional se adecue a las necesidades e intereses de la sociedad con un óptimo nivel de calidad.

Pero los medios privados tradicionales se encuentran atenazados por las deudas y son incapaces de morder la mano que les da de comer, aunque sólo les dé de comer bien a unos pocos. Y la precariedad laboral y el desempleo se han convertido en dos de las principales amenazas para la ética y la deontología. Tampoco la situación de los medios públicos es muy distinta.

A la situación de estos profesionales, hay que sumar la de aquellos otros periodistas que realizan su trabajo en las propias administraciones públicas: los gabinetes de prensa o comunicación, donde sus funciones no siempre están adecuadamente reflejadas, no existen puestos claramente identificados, ni  criterios y requisitos nítidos para cumplir tales funciones, a fin de garantizar la independencia del profesional y, en definitiva, el interés de la ciudadanía. Ni siquiera se exige una titulación para ocupar dichos puestos como sí se exige para cualquier otro técnico.

En Andalucía, –y en otras comunidades autónomas–, se imparten las titulaciones universitarias que confieren la formación necesaria para el desempeño de tales funciones, ya sea el grado en periodismo o el grado en comunicación audiovisual; en sus planes de estudio no sólo se incluyen los conocimientos básicos para desarrollar el periodismo con las técnicas adecuadas sino que, además, se forma a los futuros periodistas en los principios éticos y deontológicos imprescindibles para cumplir con las exigencias que se derivan de su relación directa con el derecho a la información, así como sobre los límites con otros derechos fundamentales.

Esos conocimientos son imprescindibles para cumplir con la función social que se atribuye a los periodistas.

Las dinámicas de contratación establecidas en el pasado sin tener en cuenta la titulación no deben lastrar el futuro de esta profesión. Se hace necesario establecer un punto cero, que garantice el empleo actual pero que permita a las nuevas generaciones de egresados en Periodismo y Comunicación Audiovisual tener una oportunidad en este abrupto mercado laboral.

Por ello, y dentro de la potestad que las administraciones tienen como entidades empleadoras y en la capacidad de autoorganización que les confieren las respectivas normas reguladoras, estas deben comprometerse y procurar:

  • que para el desempeño de las funciones de información y/o comunicación propias del ejercicio del periodismo, a través de los gabinetes de prensa o direcciones de comunicación, incluido cualquier medio de titularidad pública, la persona que realice dichas funciones deberá contar con la titulación universitaria oficial correspondiente a la licenciatura o grado en Periodismo, Comunicación Audiovisual o equivalentes;
  • que para la realización de las labores de comunicación e información se doten puestos específicos y cuando esto no sea posible, se contraten tales servicios a empresas o gabinetes externos que tengan incorporados entre sus recursos humanos, para el desarrollo de labores propias de periodismo, a personal con la debida y arriba citada titulación;
  • contribuir también en el marco de sus competencias a reducir la tasa de desempleo en el sector y a la mejora de las condiciones laborales de estos profesionales, conscientes de la amenaza que suponen para el periodismo la situación de precariedad y desempleo que se registra en este sector.

Sevilla, 2016

Este documento ha sido aprobado por la Asamblea General del Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía, en su reunión anual celebrada el 19 de noviembre de 2016 en Sevilla.