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PILDORAS INFORMATIVAS ¿Puedo publicar imágenes que he encontrado en el Facebook o en otra red social de una persona?

La respuesta es categóricamente no.

Cuando publicas vídeos o fotografías en Facebook es muy probable que estés autorizando a dicha red social a almacenarlos y compartirlos con terceros (para saberlo con certeza habremos de acudir a las condiciones del servicio que en su día aceptamos), pero ello no conlleva que también autorices a terceros a hacer uso de esas imágenes.

  • En definitiva, un periodista no debe hacer uso de las imágenes que aparecen en Facebook u otra Red Social sin la autorización de su titular.

¿En qué nos basamos?

Permitir que la red social los utilice a sus fines en modo alguno supone renunciar al derecho a la propia imagen ni a la propiedad intelectual sobre dichos contenidos.

El Tribunal Supremo ya se ha pronunciado en este sentido en su Sentencia de  Sala Primera, de fecha 15/02/2017, id Cendoj 28079119912017100003, de la que fue ponente Don Rafael Saraza Jimena, y que dictaba

“Que en la cuenta abierta en una red social en Internet, que el titular del perfil haya subido una fotografía suya que sea accesible al público en general, no autoriza a un tercero a reproducirla en un medio de comunicación sin el consentimiento del titular, porque tal actuación no puede considerarse una consecuencia natural del carácter accesible de los datos e imágenes en un perfil público de una red social en Internet. La finalidad de una cuenta abierta en una red social en Internet es la comunicación de s es u titular con terceros y la posibilidad de que esos terceros puedan tener acceso al contenido de esa cuenta e interactuar con su titular, pero no que pueda publicarse la imagen del titular de la cuenta en un medio de comunicación. 

  • Aquí puedes leer la sentencia completa
  • Aquí puedes leer el extracto de lo más destacado:
    • El consentimiento del titular de la imagen para que el público en general, o un determinado número de personas, pueda ver su fotografía en un blog o en una cuenta abierta en la web de una red social no conlleva la autorización para hacer uso de esa fotografía y publicarla o divulgarla de una forma distinta, pues no constituye el «consentimiento expreso» que prevé el art. 2.2 de la Ley Orgánica 1/1982 como excluyente de la ilicitud de la captación, reproducción o publicación de la imagen de una persona. Aunque este precepto legal, en la interpretación dada por la jurisprudencia, no requiere que sea un consentimiento formal (por ejemplo, dado por escrito), sí exige que se trate de un consentimiento inequívoco, como el que se deduce de actos o conductas de inequívoca significación, no ambiguas ni dudosas. Esta sala ha declarado en reiteradas ocasiones (sentencias 1225/2003, de 24 de diciembre , 1024/2004, de 18 de octubre , 1184/2008, de 3 de diciembre , 311/2010, de 2 de junio ) que el consentimiento dado para publicar una imagen con una finalidad determinada (en este caso, como imagen del perfil de Facebook ) no legitima su publicación con otra finalidad distinta (en este caso, ilustrar gráficamente el reportaje sobre el suceso violento en que se vio envuelto el demandante).
    • En la sentencia 746/2016, de 21 de diciembre, afirmamos que aunque hubiera sido cierto que la fotografía publicada por el medio de información hubiera sido subida a Facebook por la persona que en ella aparece, «[…] esto no equivaldría a un consentimiento que […] tiene que ser expreso y, además, revocable en cualquier momento»… Que el titular de una cuenta en una red social en Internet permita el libre acceso a la misma, y, de este modo, que cualquier internauta pueda ver las fotografías que se incluyen en esa cuenta, no constituye, a efectos del art. 2.1 de la Ley Orgánica 1/1982 , un «acto propio» del titular del derecho a la propia imagen que excluya del ámbito protegido por tal derecho la publicación de la fotografía en un medio de comunicación.
    • Tener una cuenta o perfil en una red social en Internet, en la que cualquier persona puede acceder a la fotografía del titular de esa cuenta, supone que el acceso a esa fotografía por parte de terceros es lícito, pues está autorizada por el titular de la imagen. Supone incluso que el titular de la cuenta no puede formular reclamación contra la empresa que presta los servicios de la plataforma electrónica donde opera la red social porque un tercero haya accedido a esa fotografía cuyo acceso, valga la redundancia, era público. Pero no supone que quede excluida del ámbito protegido por el derecho a la propia imagen la facultad de impedir la publicación de su imagen por parte de terceros, que siguen necesitando del consentimiento expreso del titular para poder publicar su imagen … la publicación en el periódico de una fotografía del demandante, acompañando a la información sobre el hecho noticioso y a otras fotografías que ilustraban tal información, por más que el demandante tuviera una momentánea relevancia pública involuntaria en tanto que víctima del suceso violento sobre el que versaba el reportaje periodístico, obtenida de su cuenta de Facebook , sin recabar el consentimiento expreso del afectado para realizar tal publicación, no puede considerarse autorizada y constituye por tanto una intromisión en tal derecho fundamental que no está justificada del modo previsto en el art. 8.1 de la Ley Orgánica 1/1982 …
    • El ejercicio por la demandada del derecho a la libertad de información no legitima la publicación no consentida de la imagen del demandante, en un ámbito ajeno a aquel en el que sucedieron los hechos, pues no fue tomada en el lugar de los hechos con ocasión del suceso (lo que, de alguna forma, entroncaría con la narración, en este caso gráfica, de los hechos en el ejercicio de la libertad de información) sino que fue obtenida de su perfil de Facebook .
    • La exigencia de tutelar el derecho de información no puede significar que se dejen vacíos de contenido los derechos fundamentales de quienes resulten afectados por el ejercicio de aquél, que solo han de sacrificarse en la medida en que resulte necesario para asegurar la información libre en una sociedad democrática, tal como establece el art. 10.2 del Convenio europeo de derechos humanos (SSTC 171/1990, de 12 de noviembre, FJ 5 , y 121/2002, de 20 de mayo , FJ 4). Y el interés público que suscitaba el suceso violento y que justificaba que el diario de la demandada informara sobre el mismo, incluso con identificación de los afectados por el suceso, no exigía ni justificaba que se publicara la imagen de la víctima del suceso, obtenida en su perfil de una red social, sin su consentimiento expreso”.

El PP margina a los periodistas y fotorreporteros en su derecho a la propiedad intelectual

El Grupo Popular del Senado ha impuesto su mayoría para rechazar todas las enmiendas al proyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, entre las que se encontraba la de reconocer a periodistas y fotorreporteros la titularidad del derecho a percibir una remuneración por la utilización de agregadores de contenidos, que ha reconocido únicamente a los editores, ignorando a los autores.

La Plataforma por los Derechos de Autor de los Periodistas, de la que forma parte el Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía (CPPA), considera que el PP ha marginado a los periodistas, víctimas de una crisis por la que atraviesa el sector a la que el Gobierno vuelve la espalda, pese a ser fundamental para el desarrollo de una democracia, y denuncia que se hayan desoído las peticiones de este amplio colectivo, al que margina y discrimina en sus derechos de propiedad intelectual.

Además, esta posición política supone un claro incumplimiento de lo manifestado por dirigentes de este partido, incluido el presidente Mariano Rajoy, que se expresaron a favor de apoyar la enmienda en la que se incluía los periodistas y a los fotorreporteros como titulares de los mismos derechos que reconoce a los editores, para percibir una remuneración por la utilización por los agregadores de fragmentos no significativos de los contenidos, como compensación por el uso de los mismos (artículo 32.2).

Todos los grupos parlamentarios que votaron a favor de los vetos presentados por la oposición a la Ley de Propiedad Intelectual han considerado que el texto, tal y como ha quedado, perjudicará a los ciudadanos, autores y creadores, originando efectos negativos sobre el empleo y las empresas del sector de la cultura y el periodismo.

Lo que también resulta preocupante es que la entrada en vigor de la ley caminará de forma paralela con una serie de procesos judiciales que originarán una gran inseguridad jurídica, sin esperar a la legislación comunitaria, totalmente diferente a la aprobada en la Cámara Alta española.

El reconocimiento de los periodistas como autores está recogido de manera explícita en la comunicación de la Comisión Europea para “Un mercado único para los derechos de propiedad intelectual», de 24 de mayo de 2011, mientas que las reivindicaciones de la Plataforma han contado con el apoyo de la Federación Internacional de Periodistas (FIP) y de la Federación Europea de Periodistas (FEP).

La Plataforma está integrada por la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), el Foro de Organizaciones de Periodistas (FOP) y los Colegios Profesionales de Periodistas de Andalucía, Castilla y León, Murcia, País Vasco y La Rioja.

La Plataforma por los Derechos de Autor de los Periodistas respalda una enmienda socialista a la LPI

Foto de familia de la constitución de la Plataforma por los Derechos de Autor de los Periodistas.

Foto de familia de la constitución de la Plataforma por los Derechos de Autor de los Periodistas.

La Plataforma por los Derechos de Autor de los Periodistas, de la que forma parte el Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía (CPPA), respalda la enmienda presentada por el grupo socialista del Congreso al anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI), en la medida en que les reconoce tales derechos a la hora de percibir la remuneración equitativa que en su día se establezca a los agregadores por el uso de contenidos protegidos.

La enmienda, presentada por el portavoz del PSOE en la Comisión de Cultura del Congreso, José Andrés Torres Mora, supone un avance significativo en el reconocimiento de los periodistas y fotógrafos como autores de las informaciones, merecedores, por tanto, de percibir la remuneración correspondiente por tales derechos.

El texto, que enmienda el artículo 32 de la LPI, establece que la reproducción por los agregadores de contenidos de fragmentos no significativos de obras y prestaciones protegidas “no requerirá autorización, sin perjuicio del derecho de los autores, de los editores, o, en su caso, de otros titulares de derechos a percibir una remuneración equitativa”.

La enmienda subraya que este derecho será irrenunciable y se hará efectivo a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual.

La Plataforma por los Derechos de Autor de los Periodistas, integrada por la Federación de Asociaciones de la Prensa de España (FAPE), el Foro de Periodistas y los colegios profesionales de Andalucía, Murcia y Castilla y León, recuerda que el reconocimiento de los periodistas como autores aparece de manera explícita en la comunicación de la Comisión Europea para ‘Un mercado único para los derechos de propiedad intelectual’ del 24 de mayo de 2011.

Esta comunicación dice que «los periodistas son los autores y su trabajo es importante no solo porque informan, comentan e interpretan el mundo en que vivimos, sino también porque la libertad de prensa es el testimonio vivo de la sociedad democrática y pluralista que es Europa”.

La Plataforma espera que la enmienda reciba el respaldo de otros grupos parlamentarios, entre ellos el Popular, que han manifestado en los últimos meses su posición a favor de que se reconozca el derecho de las empresas editoras y de los autores de noticias a percibir una remuneración por el uso de sus obras.

Incluso el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, aludió el pasado 12 de marzo, en su discurso por el 110 aniversario de ABC, a la iniciativa del Ejecutivo de “reconocer a los editores y a los autores de las noticias una compensación económica por la explotación de los contenidos” en la reforma de la LPI.

La reivindicación de la Plataforma recibió en ese mismo mes el respaldo de la Federación Internacional de Periodistas y de la Federación Europea de Periodistas, en una carta que enviaron al presidente del Congreso, Jesús Posada, y a los portavoces de los grupos en la Comisión de Cultura.

En esa misiva, ambas organizaciones instaron a los diputados españoles a que “reconozcan a los periodistas como autores, definan bien los distintos trabajos periodísticos para que dejen de considerarse obras colectivas y garanticen a los periodistas el derecho a decidir sobre el uso y reutilización de su trabajo”.

La Plataforma por los Derechos de Autor de los Periodistas, creada en julio de 2013, reúne a la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), el Foro de Organizaciones de Periodistas, que integran la Agrupación de Periodistas de UGT, Periodistas de CC OO, Federación de Sindicatos de Periodistas, Sindicat de la Imatge UPIFC, Col-legi de Periodistes de Catalunya, Colexio de Xornalistas de Galicia y Asociación Nacional de Informadores Gráficos de Prensa y Televisión, y los Colegios de Periodistas de Andalucía, Castilla y León y Murcia.

Consulta la enmienda completa (PDF)

Presentación del libro ‘Competencias psicosociales para profesionales de los medios’

El decano del Colegio, Antonio Manfredi, y la profesora Trinidad Núñez, en la firma del convenio de cesión de derechos de la publicación.

El decano del Colegio, Antonio Manfredi, y la profesora Trinidad Núñez, en la firma del convenio de cesión de derechos de la publicación.

El libro ‘Competencias psicosociales para profesionales de los medios’, coordinado por Trinidad Núñez Domínguez, se presenta el lunes 10 de marzo a las 19.15 horas en el Centro Universitario EUSA de Sevilla. El decano del Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía (CPPA), Antonio Manfredi, asiste a este acto, ya que los autores del libro han tenido el gesto de ceder los derechos de edición al Colegio, fondos que irán destinados a formación de los colegiados. Además, Manfredi ha sido el encargado de elaborar el prólogo de la publicación.

El libro está editado por Pirámide y es una publicación teórico-práctica que recomendarán en las diferentes asignaturas de las facultades donde tengan influencia sus contenidos.

Portada del libro.

Portada del libro.

‘Competencias psicosociales para profesionales de los medios’ se divide en cuatro grandes bloques. El primero se titula ‘Delimitación conceptual’ y analiza la comunicación como hecho social, de lo que se encargan Sacramento Pinazo y Trinidad Núñez.

El segundo de los grandes apartados trata de ‘La comunicación eficaz’ y comprende cinco temas: ‘Analizar comportamientos verbales y no verbales’, de lo que se han responsabilizado Francisco J. Sánchez García y Trinidad Núñez; ‘Preguntar y escuchar’, por Yolanda Troyano y Teresa Vera; ‘Usar la asertividad’, de Celia Reyes y Yolanda Troyano; ‘Eliminar prejuicios en los medios’, obra de Lucía Sell y Miguel Imas, y ‘Evitar rumores en los medios’, de Lucía García y Lucía Sell.
La tercera parte del volumen, bajo el epígrafe de ‘La comunicación como influencia social’, comprende dos temas: ‘Persuadir’, que han elaborado Trinidad Núñez y Susana Bayó, y ‘Utilizar el sentido del humor’, de Jaume Capdevila y Trinidad Núñez.

A la presentación también asistirán el director de EUSA, Francisco Guerrero; el decano de la Facultad de Comunicación de la Universidad de Sevilla, Antonio Checa Godoy; y la vicedecana de Innovación e Investigación de la Facultad de Ciencias de la Comunicación de la Universidad de Málaga.

El Centro Universitario EUSA se encuentra ubicado en la calle Plácido Fernández Viagas, número 4, de la capital hispalense.


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El Colegio y la Asociación de la Prensa de Huelva, contra el uso indiscriminado de trabajos firmados por periodistas

La Asociación de la Prensa y el Colegio de Periodistas de Andalucía en Huelva, quieren llamar la atención sobre la cada vez más frecuente utilización de trabajos realizados y firmados por periodistas, por parte de medios ajenos a la empresa o el grupo para el que trabajan, sin citar a sus autores y sin compensarles con retribución alguna, dando lugar con ello a una situación de clara indefensión profesional y competencia desleal.

Este tipo de comportamientos es especialmente grave en unos momentos, donde la grave crisis del sector está provocando despidos casi a diario y un constante retroceso en los derechos laborales y profesionales de miles de profesionales, en su gran mayoría, licenciados universitarios, que ven impotentes como empresas de las que no dependen, se benefician de un trabajo, que en muchas ocasiones, realizan en sus propios medios con constantes retrasos salariales y ajustes de plantilla, que en muchos casos acaban con los afectados perdiendo su precario puesto de trabajo.

El problema se da, especialmente en nuevos medios digitales, aunque también se detecta en medios impresos y audiovisuales, tanto privados como públicos, por lo que la Asociación de la Prensa y el Colegio de Periodistas de Andalucía en Huelva, piden que cese esta forma alegal de plagio o reproducción sin autorización del autor, que, amparados en la falta de definición de la legislación actual española en materia de reconocimiento y defensa de los derechos de autor de los periodistas, tienen comportamientos carentes del más mínimo criterio ético y deontológico.

Los casos detectados en medios de comunicación de Huelva no son más que la constatación de una práctica nada moral ni ética. Ante tal situación, reclaman que -al menos- quienes utilicen trabajos periodísticos escritos, gráficos o audiovisuales, asuman la norma mínima de citar el autor o autora del mismo y el medio en que han sido publicados originalmente y cuenten con la autorización del medio como de su propio autor, protegiendo así un derecho que ya ha sido reconocido por las instituciones europeas.

También piden que los propios profesionales del periodismo tomen conciencia de la situación y planten cara a este tipo de prácticas, reclamando a sus empresas que, al menos, exijan a quienes ceden sus trabajos amparándose en el criterio de que son propiedad del medio para el que trabajan, que incluyan la cita del autor o autora, junto con la del medio donde se publicó originalmente.

El último caso conocido en esta provincia ha sido protagonizado por la redactora de un medio audiovisual, de la que se publicó una información citando al medio, pero sin indicar su autoría, en un nuevo medio digital totalmente ajeno a su empresa, amparando su práctica en un acuerdo verbal entre los propietarios de ambos medios.

Es por ello que ambas organizaciones profesionales han puesto de manifiesto que defenderán con ahínco los derechos de autor de los periodistas en general, y de sus colegiados y asociados en particular, y muy especialmente aquellos casos denunciados por ellos y puestos en su conocimiento.

Conscientes de este problema, la Federación de Asociaciones de Periodistas (FAPE), el Foro de Organizaciones de Periodistas (FOP) y los Colegios de Periodistas de Andalucía y Murcia ya han acordado crear una plataforma común de defensa de los derechos de autor de los periodistas, basándose en las resoluciones de la Comisión Europea, que dejan clara constancia de que debe reconocerse el derecho de los periodistas a que se respete la integridad de su obra, se reconozca su autoría y reciban una compensación material por su difusión o por su reutilización. También exigen que el anteproyecto de Ley de Propiedad Intelectual que prepara el Gobierno recoja las recomendaciones de la Comisión Europea que considera a los periodistas autores de sus obras y cree esencial proteger sus derechos de autor porque “garantizar que puedan decidir sobre la forma en que desean que sus trabajos sean explotados, es esencial para preservar un periodismo independiente, profesional y de alta calidad”.

La FAPE, tanto en sus Asambleas de Pamplona, como de Granada, ya ha puesto de manifiesto que “el escenario digital ha cambiado el concepto de los derechos de autor y el contrato inicial de los periodistas con los editores” y se ha adherido a la campaña en defensa de los derechos de autor de los periodistas que lidera la Federación Europea de Periodistas (FIP), planteando al Gobierno y a los grupos parlamentarios el reconocimiento de los derechos de autor de los periodistas en el anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, tal y como ya hace. la Comisión Europea en el informe de las recomendaciones para un Mercado único europeo de la propiedad intelectual.

Incluir en un texto “reproducido” dos o tres palabras, que corresponden al nombre del autor de un trabajo periodístico, no supone ningún esfuerzo extraordinario, pero significan un gran paso en el reconocimiento de un derecho que se vincula directamente con el inalienable derecho moral de un autor a la propiedad de su obra y, en varios países europeos, ya está protegido por la ley o gracias a los acuerdos alcanzados entre los editores e indexadores de contenidos.