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Recurso de reposición contra puesto de Director/a de Comunicación en ADIF para el que se requiere nivel C2 en lengua cooficial del Estado

El CPPA considera esta oferta lesiva y contraria al principio de igualdad consagrado en el art. 14 de la Constitución Española.

El Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía (CPPA) ha presentado recurso de reposición contra la convocatoria de un puesto de Director/a de Comunicación y Reputación Corporativa en la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) mediante procedimiento de libre designación en Madrid.

El Colegio de Periodistas entiende que dicha convocatoria no se ajusta a derecho y es lesiva a los intereses de los miembros colegiados por vulnerar los arts. 70 y 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público al exigir Nivel C2 en otras lenguas cooficiales del Estado español diferentes al castellano. El CPPA destaca que establecer como mérito obligatorio esta titulación para un puesto con base en la Comunidad de Madrid, carece de base jurídica y supone un trato discriminatorio para los candidatos pertenecientes a Comunidades Autónomas que no poseen lenguas cooficiales, como es, en este caso, la andaluza.

Según el CPPA esta convocatoria contraviene, asimismo, la Ley para la Reforma de la Función Pública de 1984, que en su art. 19 indica que en las convocatorias para el acceso a la función pública, «las Administraciones públicas, en el respectivo ámbito de sus competencias, deberán prever la selección de funcionarios debidamente capacitados para cubrir los puestos de trabajo en las Comunidades Autónomas que gocen de dos lenguas oficiales». Es decir, podrá exigirse el dominio de una lengua cooficial en el ámbito concreto de cada Comunidad Autónoma y solo respecto a la lengua cooficial que corresponda a cada territorio, pero no exigir dicho requisito (pues aunque se contemple dentro del apartado “méritos” se establece como deber de los candidatos), en una convocatoria de ámbito nacional.

Cabe destacar que de acuerdo con el art. 3 de la Constitución la única lengua oficial en todo el Estado español es el castellano, respecto de la cual se impone el deber de conocerla y el derecho a usarla a todos los españoles, sin que sea posible, por tanto, su exclusión por parte de la normativa autonómica. Así lo ha señalado el Tribunal Constitucional en reiteradas ocasiones con respecto a las lenguas cooficiales «respecto a las cuales no se prescribe constitucionalmente tal obligación».

Según el CPPA, a diferencia de lo que sucede en el sector privado, la selección de los empleados públicos ha de realizarse «en virtud de criterios objetivos, pues todos los ciudadanos son iguales ante la Ley y ante su aplicación, de manera que la Administración no puede establecer preferencias discriminatorias o fundadas en razones subjetivas de unos sobre otros, y además, dichos criterios objetivos han de basarse en criterios de mérito y capacidad, puesto que la Administración está obligada a gestionar los intereses públicos con eficacia»

Es por todo lo anterior que el CPPA considera innecesario por tanto exigir la titulación nivel C2 en cualquier lengua cooficial del Estado, para el desarrollo de un puesto de Director/a de Comunicación y Reputación Corporativa en Madrid, sin existir criterio objetivo que justifique este requisito.

El CPPA, manifiesta nuevamente su total disposición para con todas las entidades, tanto públicas como privadas, para la revisión previa de todas aquellas convocatorias de empleo relacionadas con la profesión e invita a todas ellas a sumarse al Compromiso Público por el Empleo y la profesión periodística.

Recurso contra un puesto de comunicación en el HU Reina Sofía de Córdoba

El puesto denominado ‘Técnico/a de Función Administrativa’ tiene asignadas funciones propias del Área de Comunicación, sin requerir titulación específica

El CPPA recuerda que dispone de medios para la revisión previa de esta u otras ofertas de empleo que afecten al colectivo con el fin de evitar este tipo de situaciones en el futuro

El Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía (CPPA) ha recurrido la convocatoria de una plaza de Técnico/a de Función Administrativa, categoría A1, con carácter de sustitución, destinada al Área de Comunicación del Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba, dependiente del Servicio Andaluz de Salud de la Junta de Andalucía, para la que no se requiere titulación específica en periodismo y/o comunicación audiovisual.

El proceso selectivo, publicado el pasado 24 de julio en la web del Hospital, se produce al no existir una bolsa específica de contratación para esta categoría que se encuentra adscrita a la Dirección Gerencia del Hospital y tiene entre sus funciones las propias de la categoría/especialidad a realizar por el Área de Comunicación, que son, según consta en las bases:

  • Creación de contenidos para medios de comunicación y redes sociales
  • Redacción de textos, grabación y edición de vídeos y diseño de materiales digitales
  • Organización de eventos (internos y externos) y encuentros institucionales
  • Aplicación de la identidad corporativa en los materiales corporativos
  • Diseño y desarrollo de campaña de promoción de la salud
  • Gestión de crisis en el ámbito sanitario
  • Labores de actualización de la web del hospital en colaboración con otros servicios del hospital
  • Participar en la organización de visitas institucionales y de centros educativos

Sin embargo los aspirantes pueden optar a este puesto con la titulación de Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a Técnico/a o del Título de Grado equivalente, expedido por el Ministerio competente en materia de Educación, o por los órganos competentes de los países miembros de la Unión Europea; o estar en condiciones de obtener dicho título, habiendo finalizado la formación exigida para su obtención dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Es por todo lo anterior, que el Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía, entiende que esta convocatoria es lesiva a los intereses de los miembros colegiados y la profesión en general, ya que vulnera los art. 70 y 76 LEBEP y jurisprudencia que los interpreta, al no requerir la específica titulación que debe exigirse para la categoría profesional ofertada y el desarrollo de las funciones establecidas que debe ser la propia de la licenciatura o el grado en ciencias de la información, periodismo y/o comunicación audiovisual.

La inclusión de otras titulaciones para acceder a puestos de trabajo cuyas funciones no guardan relación con los estudios que éstos cursan, resulta pues arbitraria, contraria a los principios de capacidad y mérito que han de presidir el acceso a los puestos de la función pública (ex artículo 23.2 CE) y ajena al servicio al interés público, la objetividad, eficacia e imparcialidad que debe perseguir la actuación administrativa, por lo que el CPPA solicita la declaración de ilegalidad de dicha convocatoria así como su nulidad por contravenir claramente los intereses del colectivo de periodistas y comunicadores audiovisuales, y lo que es peor, la calidad de la información que recibirá la ciudadanía al no incorporar en este tipo de puestos a profesionales garantes de los criterios periodísticos y éticos propios de la profesión.

El Colegio Profesional recuerda al Hospital Universitario Reina Sofía, al Servicio Andaluz de Salud y a la propia Junta de Andalucía que la Administración no es libre para admitir una titulación cualquiera cuando el puesto requiera una particular preparación, ni asignar un nivel diferente para el desarrollo de unas mismas funciones; sino que, con respeto al mandato contenido en el artículo 103.1 de la Constitución y al interés general, los puestos deben cubrirse con los trabajadores más cualificados para su desempeño y ser acordes al nivel profesional y retributivo correspondiente. Asimismo hace constar que para la realización de tareas informativas y de comunicación audiovisual es necesario contar con el título universitario de Periodista y/o de Comunicación Audiovisual, tal y como estipula la propia Ley de creación del Colegio, y los convenios marco del sector. No requerir esta titulación fomenta el intrusismo y precariza a una profesión, ya de por sí muy castigada por este problema. Si se tiende a la especialización del trabajo, para ofrecer una mayor calidad, debe exigirse igualmente dicha especialización para la convocatoria de puestos en el Sector Público, que ha de tener como fin servir de la mejor forma a los administrados y al interés general.

El CPPA, no obstante, manifiesta nuevamente su total disposición para con todas las entidades, tanto públicas como privadas, para la revisión previa de todas aquellas convocatorias de empleo relacionadas con la profesión e invita a todas ellas a sumarse al Compromiso Público por el Empleo y la profesión periodística.

Recurso del Colegio de Periodistas contra plaza de jefe/a de gabinete de comunicación del Ayuntamiento de Armilla

Entre los requisitos de acceso no se exige titulación específica en Periodismo o Comunicación Audiovisual y se valora el desempeño de funciones de auxiliar administrativo

El Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía (CPPA) recurre las bases de la convocatoria de una plaza de jefe/a de gabinete de comunicación en el Ayuntamiento de Armilla (Granada) mediante procedimiento de concurso-oposición para la que no se solicita titulación específica de Periodismo o Comunicación Audiovisual.

Según las bases de esta convocatoria hecha pública el pasado 22 de abril en la sede electrónica del Ayuntamiento de Armilla, se trata de seleccionar un Jefe/a de Gabinete de Comunicación, como funcionario/a interino/a sin plaza, por exceso y acumulación de tareas para la que se valora especialmente la experiencia, conocimientos y formación en comunicación institucional y corporativa de Ayuntamientos así como en organización de eventos públicos e institucionales. La persona seleccionada pasaría a formar parte de la institución como funcionario/a interino/a sin plaza, incluido/a en el Grupo A2 de la escala de administración especial, subescala técnica de nivel 24.

Según sigue la convocatoria para optar a esta plaza solo es necesario estar en disposición en el momento de realizar la inscripción de una Diplomatura Universitaria, Título Universitario de Grado Superior o equivalente, sin requerirse para el puesto la titulación específica en Periodismo o Comunicación Audiovisual.

Además la fase de concurso, que aporta un máximo de 10 puntos del total, exclusivamente se refiere a experiencia laboral en puestos de contenido igual al que se opta, indicando las propias bases que estos puestos se refieren a los de auxiliar administrativo, experiencia que en ningún caso acredita tareas relacionadas de forma alguna con la plaza ofertada de jefe/a de gabinete de prensa en institución pública.

Por todo ello el Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía presenta recurso contra este procedimiento de acceso a la función pública, al objeto de que se incluya la demostración de la titulación universitaria específica en el pliego para garantizar la profesionalidad de quienes realizarán las funciones descritas en la licitación.

Ver convocatoria.

Compromiso por el Empleo Público

El Pleno de la Diputación de Granada aprobó por unanimidad en enero de 2019 sumarse al Compromiso Público por el Empleo y la profesión periodística con una enmienda in voce de Ciudadanos que acotaba aún más las titulaciones (solo Periodismo y Comunicación Audiovisual) para acceder a puestos como el que ha convocado el Ayuntamiento de Armilla.

El Compromiso Público por el Empleo y la profesión periodística fue aprobado en la Asamblea General del Colegio de Periodistas de Andalucía, en noviembre de 2016. En él se expresa que “las dinámicas de contratación establecidas en el pasado sin tener en cuenta la titulación no deben lastrar el futuro de esta profesión” por lo que el documento promueve este compromiso por parte de las instituciones en los siguientes puntos:

  • que para el desempeño de las funciones de información y/o comunicación propias del ejercicio del periodismo, a través de los gabinetes de prensa o direcciones de comunicación, incluido cualquier medio de titularidad pública, la persona que realice dichas funciones deberá contar con la titulación universitaria oficial correspondiente a la licenciatura o grado en Periodismo, Comunicación Audiovisual o equivalentes;
  • que para la realización de las labores de comunicación e información se doten puestos específicos y cuando esto no sea posible, se contraten tales servicios a empresas o gabinetes externos que tengan incorporados entre sus recursos humanos, para el desarrollo de labores propias de periodismo, a personal con la debida y arriba citada titulación;
  • contribuir también en el marco de sus competencias a reducir la tasa de desempleo en el sector y a la mejora de las condiciones laborales de estos profesionales, conscientes de la amenaza que suponen para el periodismo la situación de precariedad y desempleo que se registra en este sector.

El Colegio de Periodistas recuerda que es necesaria la implicación de las administraciones y las empresas públicas para evitar el intrusismo en la profesión periodística y garantizar el rigor necesario a la hora de desempeñar estas funciones, más aún tratándose de instituciones que deben rendir cuentas ante la ciudadanía y que se supone que hacen de la transparencia, la eficiencia y la eficacia principios clave en su actuación. En este sentido, el CPPA recuerda que ni empresas ni instituciones públicas son libres para admitir una titulación cualquiera cuando el puesto requiera una particular preparación, ni asignar un nivel diferente para el desarrollo de unas mismas funciones; sino que, con respeto al mandato contenido en el artículo 103.1 de la Constitución y al interés general, los puestos deben cubrirse con los trabajadores más cualificados para su desempeño y ser acordes al nivel profesional y retributivo correspondiente.

El Colegio de Periodistas recuerda que, como representante legal de la profesión en Andalucía, está a disposición de todas las administraciones públicas para revisar o aportar sugerencias a las bases de sus convocatorias de empleo para periodistas, contratación de servicios de comunicación, elaboración de RPT, pliegos y demás documentos relacionados con procedimientos públicos que incluyan el desarrollo de tareas informativas. Al tiempo que advierte que permanecerá vigilante y pondrá todos los recursos a su alcance para poner freno al intrusismo y la precarización enquistada en la profesión.

Solicitud de información sobre la Bolsa Única Común de la Junta de Andalucía (BUC)

El Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía (CPPA) ha realizado con fecha 10 de mayo de 2024 una solicitud de información pública a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública en relación con la Bolsa Única Común de la Junta de Andalucía (BUC).

El texto remitido a dicha administración pública ha sido el siguiente:

“Por Resolución de 10 de diciembre de 2019 la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública convocó la constitución de la Bolsa Única Común en las categorías profesionales del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía. Entre las categorías profesionales convocadas estaba la de Técnico/a en Ciencias de la Información (1020).

La Lista Definitiva de integrantes de la BUC se publicó por Resolución de 14 de diciembre de 2022 de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.

Solicito:

• número de puestos que se han convocado para la categoría profesional de Técnico/a en Ciencias de la Información (1020)
• número de puestos cubiertos para la categoría profesional de Técnico/a en Ciencias de la Información (1020)
• entidades o centros directivos en los que se han identificado las vacantes e incorporado las personas candidatas
• publicidad del proceso de cobertura de las vacantes, con indicación de fecha, url donde se haya publicado el proceso y pueda consultarse y situación actual de la bolsa.
• ámbito subjetivo de la bolsa y si afecta a las entidades del sector instrumental como sujetos obligados a cubrir sus necesidades de esta categoría a través de la bolsa única”

Ante dicha solicitud se ha recibido la siguiente respuesta:

«El concepto de información pública a efectos de la legislación en materia de transparencia, se contemplan tanto en el artículo 13 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, como en el artículo 2 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de transparencia pública de Andalucía, que la define del siguiente modo: “Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones”.

La asociación interesada solicita, en relación con la Bolsa Única Común de la Junta de Andalucía, diferentes cuestiones relativas a la convocatoria de la categoría profesional de Técnicos de Ciencias de la Información.

Consultada la información obrante en el Sistema de Información de Recursos Humanos, Sirhus, y realizada la extracción correspondiente, según anexo adjunto en formato abierto, se indica respecto a las tres primeras cuestiones formuladas, que únicamente el puesto código 14651410, denominado Técnico Ciencias de la Información, de esa categoría profesional ha sido convocado en Sevilla, relacionando la fecha y resultado de los llamamiento, así como el tipo de turno de reserva.

Respecto a la publicidad del proceso de cobertura de vacantes, en el artículo 11 del Reglamento de la Bolsa Única Común, se establece que para los llamamientos de carácter múltiple la Dirección General podrá establecer un sistema telemático de citación para la cobertura de los puestos convocados a través de la página Web de Emplead@ Público(WEP), fijándose un día concreto a la semana para dar publicidad de los puestos ofertados que se pretenden cubrir, así como el plazo para que los interesados se personen para formalizar la aceptación del puesto ofertado, debiendo previamente este Centro Directivo dar conocimiento a las organizaciones sindicales con participación en la Comisión de Convenio, de la respectiva publicación en la WEP por la que se efectuaron dichos llamamientos.

El llamamiento de carácter individual se realiza mediante al menos tres llamadas telefónicas en diferente horario, y en caso de resultar infructuosa, se procederá al envío de un correo electrónico donde se traslada la necesidad de comparecer ante el Servicio de Administración Pública que corresponda en las 48 horas siguientes, salvo que dicho llamamiento tenga carácter de urgencia, a los efectos de formalizar la aceptación de la plaza.

En el proceso que se ha realizado, objeto de este expediente, no ha habido llamamientos múltiples, solo individuales, por lo que no procede la publicidad.

En relación a última cuestión planteada, el ámbito subjetivo de la BUC y si afecta a la entidades del sector instrumental como sujetos obligados a cubrir sus necesidades de esta categoría a través de la misma, el Reglamento, en su artículo 1 señala “El presente Reglamento, que se concierta al amparo del Acuerdo de Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo de 22 de mayo de 2017, tiene como objeto la regulación del proceso para la selección del personal temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía, con la participación de las Organizaciones Sindicales presentes en la Comisión de Convenio.”

El artículo 3 del Convenio indica una serie de exclusiones del ámbito de aplicación del mismo:

a) El personal laboral que presta servicios en las Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio Andaluz de Salud.
b) El personal con contrato laboral que preste sus servicios en Empresas públicas, sea cual sea la participación de la Junta de Andalucía en las mismas.
c) Los profesionales con contratos para trabajos específicos, cuya relación con la Junta de Andalucía se derive de la aceptación de minuta o presupuestos y no tengan el carácter de contratado laboral.
d) El personal que preste sus servicios en empresas públicas o privadas cuando las mismas tengan suscrito contrato de obras o servicios con la Junta de Andalucía u Organismos Autónomos de ella dependientes, de acuerdo con la legislación estatal vigente en materia de contratos administrativos de las Administraciones Públicas, incluso en el caso de que las actividades de dicho personal se desarrollen en los locales de las unidades administrativas de la Junta de Andalucía.
e) El personal temporero eventual para labores agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras, que verá regulada su relación laboral por los Convenios Colectivos de aplicación en cada caso y la legislación laboral común, y que se acogerá a los Regímenes Especiales de la Seguridad Social que correspondan en cada caso.
f) Personal Becarios, de colaboración social y cualquier otro personal sometido a fórmulas de prestación de servicios no estrictamente laboral.

Expuesto lo anterior, salvo las excepciones señaladas, la BUC es de aplicación a la Administración General de la Junta de Andalucía, así como a sus entidades instrumentales en aquellos contratos laborales sujetos al Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.»

Detalle del llamamiento:

Solicitud a la Universidad de Almería para reformular la convocatoria de una plaza de Técnico Especialista en Prensa e Información

La corporación se pone a disposición de la Universidad almeriense para solucionar el malestar generado entre los profesionales del sector en Andalucía y corregir la situación

El Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía (CPPA) ha registrado una solicitud en la Universidad de Almería pidiendo la reconsideración de la convocatoria de una plaza de Técnico Especialista en Prensa e Información para la que no se requiere el título de periodismo o comunicación.

Tras conocer esta convocatoria los servicios jurídicos del Colegio están valorando “la posibilidad de interponer un recurso administrativo o presentar directamente un recurso contencioso-administrativo” contra dicha oferta teniendo en cuenta que el título de Bachiller o equivalente (o experiencia laboral equivalente o categoría profesional reconocida en Convenio Colectivo) no es el adecuado para realizar, con suficientes conocimientos técnicos y prácticos, las tareas específicas de relación con los medios de comunicación, elaboración y distribución de resúmenes de medios, diseño gráfico de elementos corporativos (creatividades, banners, etc.) y su adaptación a distintos canales y medios (prensa escrita y digital, web, redes sociales), gestión web, así como monitorización y seguimiento de redes sociales, exigidas en la oferta.

En este sentido, el Colegio de Periodistas considera que, sin lugar a dudas, tanto las funciones descritas, como el temario específico publicado para la realización del ejercicio de libre oposición para este puesto de trabajo están relacionadas con el ámbito competencial del periodismo y la comunicación audiovisual.

Es por todo lo anterior que esta institución, tras las gestiones realizadas por la presidenta de la demarcación del Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía en Almería, Marina López, ha decidido poner de manifiesto su desacuerdo con esta situación “que podría resultar ilícita” en la que una universidad pública andaluza lleva a cabo, en condiciones totalmente inusuales, la convocatoria de una plaza de periodista, sin requerir la titulación pertinente. Mediante registro de solicitud en el que se expone la posición del Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía frente a esta oferta “No entendemos la necesidad de alargar la supervivencia de un puesto que hace tanto daño a los profesionales titulados en comunicación y periodismo, desacreditando un título expedido por las universidades.”

Desde el Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía se ha solicitado que la Universidad de Almería busque una fórmula que no perpetúe una situación alejada del sentido común.

Por todo lo anterior, el CPPA, ha solicitado que se tenga en cuenta esta solicitud y se reconsidere esta convocatoria, teniendo en cuenta los intereses de la ciudadanía, de la comunidad universitaria y de la profesión periodística, buscando una solución más justa y adecuada.

El Colegio de Periodistas, como representante legal de la profesión en Andalucía, se ha puesto además a disposición de la Universidad para revisar o aportar sugerencias a las bases de esta u otras convocatorias de empleo para periodistas y/o comunicadores, RPT, pliegos y demás documentos relacionados con procedimientos públicos/privados que incluyan el desarrollo de tareas informativas. Al tiempo que advierte que permanecerá vigilante y pondrá todos los recursos a su alcance para poner freno al intrusismo y la precarización enquistada en la profesión.

Compromiso por el Empleo

La Asamblea General del Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía aprobó en noviembre de 2016 el Compromiso Público por el Empleo y la Profesión Periodística, al que se han sumado instituciones públicas como el Ayuntamiento de Cabra, que asumió el texto el 29 de diciembre del pasado año por acuerdo unánime de la Corporación municipal.

Este compromiso prevé que “dentro de la potestad que las administraciones tienen como entidades empleadoras y en la capacidad de organización que les confieren las respectivas normas reguladoras, estas deben comprometerse y procurar que para el desempeño de las funciones de información y/o comunicación propias del ejercicio del periodismo, a través de los gabinetes de prensa o direcciones de comunicación, incluido cualquier medio de titularidad pública, la persona que realice dichas funciones deberá contar con la titulación universitaria oficial correspondiente a la licenciatura o grado en Periodismo, Comunicación Audiovisual o equivalentes”.

Asimismo, el Compromiso Público por el Empleo y la Profesión Periodística establece que “para la realización de las labores de comunicación e información se doten puestos específicos y cuando esto no sea posible, se contraten tales servicios a empresas o gabinetes externos que tengan incorporados entre sus recursos humanos, para el desarrollo de labores propias de periodismo, a personal con la debida y arriba citada titulación”.

Por último, el Compromiso Público por el Empleo y la Profesión Periodística también pretende contribuir, en el marco de sus competencias, “a reducir la tasa de desempleo en el sector y a la mejora de las condiciones laborales de estos profesionales, conscientes de la amenaza que suponen para el periodismo la situación de precariedad y desempleo que se registra en este sector”.